Registro de los Centros Especiales de Empleo

 

Los Centros Especiales de Empleo nacen como fórmula de empleo para personas con discapacidad y su objetivo principal es la integración laboral y por tanto social de personas con discapacidad. 

Ademas, la finalidad principal de los CEE es la de realizar un trabajo productivo y asegurar un empleo remunerado a los trabajadores con discapacidad, a la vez que es el medio de integración del mayor número de personas con discapacidad al régimen de trabajo normal. 

Registro de Centros Especiales de Empleo 

El Decreto 36/2023, de 19 de abril, tiene por objeto regular los requisitos necesarios para obtener la calificación y posterior inscripción como Centro Especial de Empleo en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  Se trata de un registro administrativo en el que obligatoriamente deben inscribirse y calificarse aquellos Centros Especiales de Empleo cuya sede y actividad se desarrolle en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.

Requisitos para la calificación de Centros Especiales de Empleo

  • Acreditar la personalidad jurídica de la entidad, independiente de la de su titular, con estructura y organización e independiente de las actividades de su titular.
  • Realizar actividades productivas de bienes y servicios, participando regularmente en operaciones de mercado.
  • Recoger como finalidad principal la inclusión laboral de las personas con discapacidad, así como que son un medio de tránsito, del mayor número de personas trabajadoras con discapacidad, al mercado ordinario.
  • Justificar mediante el oportuno estudio económico, la viabilidad técnica y financiera del centro y sus posibilidades de subsistencia en orden al cumplimiento de sus fines Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Estar constituida su plantilla por al menos en un 70 por ciento, por trabajadores con discapacidad, conforme a lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 36/2023 de 19 de abril.
  • Prever la incorporación a la plantilla del centro del personal técnico y de apoyo definido en el artículo 2.4 del Decreto mencionado y con los requisitos establecidos en el artículo 3.g del Decreto. 
  • La actividad del Centro Especial de Empleo deberá realizarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Solicitudes y plazo de presentación 

Las solicitudes, que podrán ser formuladas durante todo el año natural, se presentarán obligatoriamente a través del punto de acceso general electrónico de la Junta de Extremadura (www.juntaex.es), dentro del correspondiente trámite (https://www.juntaex.es/w/3101), desde donde se habilitará el acceso a la SEDE electrónica para formular la solicitud.

Centros Especiales de Empleo en Extremadura 

Relación de los Centros Especiales de Empleo de Extremadura

Memorias anuales 

Los Centros Especiales de Empleo que reciban de cualquier Administración pública subvenciones, ayudas o cualquier otro tipo de compensación económica de cualquier naturaleza (incluidas por tanto las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por la formalización de los contratos de trabajo sometidos al R.D. 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad  que trabajen en los Centros Especiales de Empleo) deben presentar y depositar una Memoria anual en el Registro de Centros Especiales de Empleo, de acuerdo con lo establecido en el art. 9.c del Decreto 36/2023, de 19 de abril del Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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