Acreditación de centros de formación

En el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo se inscriben y/o acreditan los centros y entidades que imparten formación profesional para el empleo en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.

El Registro es público, tiene carácter único y está adscrito al SEXPE (para consultar los centros acreditados en nuestra comunidad visite la web del SEPE).

Los destinatarios son toda persona (física o jurídica) que desee impartir formación profesional para el empleo en Extremadura. Dicha acreditación y/o inscripción es requisito previo y necesario.

El plazo de presentación está abierto todo el año.

Requisitos y documentación 

Los requisitos exigidos son los mencionados en el artículo 7 del Decreto 133/2016, de 2 de agosto, modificado por el Decreto 40/2017 de 4 de abril, por el que se regula la acreditación y/o inscripción de centros y entidades de formación y su inclusión en el registro de centros y entidades de formación profesional para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La documentación se especifica en el artículo 8 del mismo Decreto. El modelo de solicitud así como los anexos que deben acompañar al mismo se adjuntan al final de la página.

Resolución 

La inscripción y/o acreditación es competencia de la Directora General de Formación para el Empleo. El plazo para resolver será de 6 meses.  La falta de resolución en plazo se interpreta como silencio positivo.

Recurso que procede en su caso

Alzada.

Programa de formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales”

Las entidades y centros que deban acreditarse con motivo de su concurrencia en el procedimiento de concesión de subvenciones para la financiación del programa de Escuelas Profesionales pueden ampliar la información aquí. 

Más información 

Para dudas y consultas relacionadas con la acreditación de centros de formación se puede contactar en los teléfonos 924012734 y 924012798

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